El BOPA publica el extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Comercio, por la que se aprueba la convocatoria pública 2025 de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el cálculo de la huella de carbono y la elaboración de proyectos de absorción de dióxido de carbono para su inscripción en el registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero.
El presupuesto máximo de esta convocatoria asciende a 150.000 €.
Objeto: financiar parcialmente el proceso de cálculo de la huella de carbono y de elaboración de planes de reducción de emisiones de GEI y de proyectos de absorción de CO2 para su posterior inscripción en el registro de huella de carbono del Principado de Asturias. Serán objeto de subvención las actuaciones relacionadas con la inscripción en la sección A y en la sección B del registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias incluidas en el primer apartado de la base reguladora tercera.
Cada posible beneficiario sólo podrá solicitar subvención para una única actuación.
Beneficiarios: las personas físicas que desarrollen una actividad económica, así como las personas jurídicas de derecho privado, todas ellas con personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar, que tengan alguno de sus centros de actividad radicados en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y que materialicen el proyecto objeto de ayuda en el ámbito territorial de la misma. Quedan excluidas las organizaciones sin ánimo de lucro.
Cuantía: las cuantías máximas de las subvenciones son las siguientes:
- Para empresas inscritas o que se inscriban en la Sección A hasta un máximo de 5.000 €, distribuidos de la siguiente manera:
- El 80% de los gastos correspondientes al cálculo de la huella de carbono, elaboración del informe de huella de carbono y la redacción de un plan de reducción de huella de carbono, siempre que la cuantía resultante no exceda de 3.000 €.
- El 80% de los gastos correspondientes a la verificación de la información de la huella de carbono objeto de inscripción, siempre que la cuantía resultante no exceda de 2.000 €.
- Para empresas inscritas o que se inscriban en la Sección B hasta un máximo de 4.000 €, distribuidos de la siguiente manera:
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- El 80% de los gastos correspondientes a la elaboración de un proyecto de absorción de CO2, siempre que la cuantía resultante no exceda de 1.600 €.
- El 80% de los gastos correspondientes a la elaboración de un instrumento de gestión forestal, siempre que la cuantía resultante no exceda de 1.600 €.
- El 80% de los gastos correspondientes a la certificación forestal sostenible, siempre que la cuantía resultante no exceda de 800 €.
Plazo: permanecerá abierto entre mañana 11 de abril y el próximo 13 de mayo de 2025.