El Consejo de Navegación y Puerto del Puerto de Gijón es un órgano colegiado de asistencia e información de la Capitanía Marítima y del Presidente de la Autoridad Portuaria de Gijón, creado en dicho puerto al amparo de lo previsto en los artículos 39 y 44 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y del Marina Mercante.
El Consejo de Navegación y Puerto del Puerto de Gijón se regirá por lo dispuesto en el TRLPEMM, la normativa que la desarrolle o resultare de aplicación, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por las presentes Normas, incluidas las resoluciones que el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón adopte en relación con las mismas, y en su caso, por el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno que el propio Consejo pueda aprobar, que en ningún caso pueden contradecir las presentes Normas.
Las funciones, composición y organización interna del Consejo de Navegación y Puerto del Puerto de Gijón, se definen en las Normas Básicas del Consejo de Navegación y Puerto del Puerto de Gijón